PERSONAL CUBIERTO:
Todos los empleados al servicio del asegurado, debidamente contratado
COBERTURA:
Pérdida de bienes u otros valores propiedad del asegurado o sobre los cuales tuviere algún interés pecuniario o de los cuales fuere legalmente responsable que resulten como consecuencia de hurto, estafa, fraude, falta de honradez, falsificación, o cualquier otro acto de mala fe o criminal, cometido por los empleados a su servicio permanente, ya sea que dichos actos los cometiere el empleado solo o en connivencia con otros