Con el suceso de una ocurrencia, el Asegurado debe dar aviso de la misma por escrito dentro de los 8 días siguiente en que tuvo conocimiento del suceso.
El aviso por escrito, debe contener pormenores suficientes para la identificación del Asegurado y la póliza, también cualquier información que se pueda obtener con relación a la hora, fecha, lugar y demás circunstancias respecto a la ocurrencia, nombres y direcciones de las personas lesionadas y de los testigos presenciales o disponibles.