Seguro de Todo Riesgo Daño Físico

Este seguro cubre Contra Todo Riesgo de las pérdidas o daños materiales que sufran los bienes asegurados descritos en forma física, súbita e imprevista y accidental, de acuerdo a los términos, exclusiones y condiciones aquí descritas.

Coberturas incluídas

Por tratarse de una póliza de Todo Riesgo Daño Físico, los eventos cubiertos deben cumplir con las condiciones establecidas en la póliza. Esta oferta incluye coberturas por riesgos de la naturaleza de origen catastrófico, tales como:

  • Terremoto, Temblor o Erupción Volcánica.
  • Huracán, Ciclón, Vientos Tempestuosos y Granizo
  • Inundación de Aguas Fluviales, Lacustres o Marítimas
  • Daños por Deslizamientos, Derrumbes o Desplome de Terrenos
  • Daños por Desprendimiento y Arrastre de Tierra y Lodo
  • Daños por aguas lluvias y/o servidas
  • Caída de árboles
  • Incendio y/o rayo

Así también otros riesgos que pueden o no ser de origen de la naturaleza, tales como:

  • Huelgas, paros, motines, tumultos y alborotos populares
  • Incendio de bosques, monte bajo, praderas o maleza
  • Explosión
  • Daños por agua potable
  • Daños por humo
  • Caída de aeronaves e impacto de vehículos
  • Designación de bienes.
  • Daños causados por autoridad pública en la persecución, captura o detención de malhechores, terroristas; los daños por autoridad militar solo desempeñando actividades de orden civil.
  • Remoción de Escombros.
  • Reinstalación Automática de la Suma Asegurada.
  • Gastos en que incurran por el transporte de los bienes asegurados con el objeto de salvarlos de cualquier siniestro, incluyendo la instalación y desinstalación de los bienes, para ser instalados en un lugar, tanto provisional como definitivo.
  • Exención de Valorización.
  • Daños ocasionados a los bienes asegurados a consecuencia de explosión, rotura o quebradura de aparatos o tuberías que trabajen normalmente a presión, por cualquier causa.
  • Derrame del sistema de rociadores contra incendio.
  • Daños causados por aguas.
  • Cobertura por daños causados por materiales peligros, tales como sustancias explosivas, flamables y/o tóxicas.
  • Rotura de vidrios, cristales y lozas sanitarias.
  • Honorarios de Ingenieros, Arquitectos y Supervisores.
  • Cobertura de Alquiler Emergente/Pérdida de Renta.
  • Modificaciones y Reparaciones.
  • Declaraciones Erróneas u Omisiones no intencionales.
  • Daños causados directamente por corrientes eléctricas.
  • El deducible estipulado en las condiciones particulares de la oferta, el cual irá a cargo del asegurado en cualquier evento; en caso de que queden dañados o afectados más de un bien asegurado en un mismo evento, el   Asegurado asumirá solo una vez el deducible estipulado para esos bienes.
  • Pérdida  o  daños  causados  directa o indirectamente por, o resultantes  de  terremoto,  temblor, golpe de mar por  maremoto   y   erupción   volcánica,  tifón,  ciclón  o  huracán
  • Pérdida   o   daños causados directa  o  indirectamente  por  hurto;  se  entenderá   por «Hurto» el apoderamiento    o   sustracción  de  los  bienes  asegurados,  mientras  se encuentren  adentro   de los   locales   descritos  en  las Condiciones Especiales de la presente oferta, cometido por persona o personas haciendo  uso   de   violencia  o  de fuerza, con  escalamiento  o  valiéndose  de  cualquier otro  medio  para ingresar a  los  locales, que   deje  huellas  fehacientes   y  perceptibles producidas por  herramientas, explosivos, electricidad o sustancias químicas u otros medios similares, en el sitio en que se realizó la penetración ilegal al local
  • Pérdidas o daños causados por cualquier fallo o defecto existente al inicio de este seguro, que sean conocidos por el Asegurado o por sus representantes responsables de los bienes asegurados, sin tomar en cuenta que dichos fallos o defectos fueran o no conocidos por la Compañía.
  • Pérdida o   daños   causados   directa o   indirectamente por fallo o interrupción en el   aprovisionamiento de corriente eléctrica de la red pública, de gas o agua
  • Pérdidas   o   daños que   sean   consecuencia   directa   del    funcionamiento   continuo (desgaste, cavitación, erosión, corrosión, incrustaciones) o deterioro gradual debido a condiciones atmosféricas
  • Cualquier gasto incurrido con objeto de eliminar fallos operacionales, a menos que dichos fallos fueran causados por pérdidas o daños indemnizables ocurridos a los bienes asegurados
  • Cualquier gasto erogado con respecto al mantenimiento de los bienes   asegurados.  Tal   exclusión   se   aplica   también a las partes recambiadas en el curso de dichas operaciones de mantenimiento
  • Pérdidas o daños  cuya  responsabilidad recaiga en el fabricante o el proveedor de los bienes asegurados, ya sea legal o contractualmente.
  • Pérdidas   o   daños a  equipos   arrendados  o   alquilados, cuando  la responsabilidad recaiga en el propietario, ya  sea legalmente o según  convenio  de  arrendamiento   y/o mantenimiento
  • Pérdidas o responsabilidades consecuenciales de cualquier tipo
  • Pérdidas o daños a partes desgastables, tales como bulbos, válvulas, tubos, bandas, fusibles, sellos, cintas, alambres, cadenas, neumáticos, herramientas recambiables, rodillos   grabados, objetos de vidrio, porcelana o   cerámica   o   cualquier   medio de operación.
  • Defectos   estéticos, tales   como   raspaduras   de   superficies   pintadas, pulidas   o barnizadas.
  • Daños o Pérdidas ocasionados directa o indirectamente por actos de personas que tomen parte en paros, huelgas, disturbios, motines tumultos o alborotos populares   de carácter social político o de cualquier otra índole, actuando en conexión o no con alguna organización política o de personas mal intencionadas durante la realización de tales actos, o   de las medidas de represión tomadas por   las   autoridades    legalmente constituidas.
  • Daños   o   Pérdidas ocasionadas directa o indirectamente por actos de hostilidades, actividades de guerra declarada o no, invasión, revolución, guerra interna, insurrección, conspiración, levantamiento popular o militar, suspensión de garantías constitucionales, confiscación, apoderamiento o destrucción de bienes por orden de cualquier autoridad o cualquier otro acontecimiento que origine situaciones de derecho o, de hecho, como las anteriormente señaladas
  • Daños o Pérdidas ocasionados o agravados por el uso de energía atómica o radioactiva, cualquiera que sea su procedencia, reacción   nuclear   o   contaminación radioactiva controlados o no, sin importar que los daños que ocasionen sean directos o indirectos.
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